El Consejo de Educación del Condado de Wilkes esta comprometido en proveer a los estudiantes con un programa de educación sobre la salud e información que los anima a ser responsables por su salud y su comportamiento. El Consejo de Educación reconoce que el papel de los padres es de proveer para la salud y el bien estar de sus hijos, por lo tanto invitamos a los padres a participar en este programa y en la escuela como lo provee esta póliza. El programa educacional sobre la salud es proveído por el distrito escolar y esta escrito de acuerdo con todos los requisitos que establece la ley, incluyendo el Programa de Educación Básica (BEP), G.S. 115C-81(e1).
PROGRAMA DE EDUCACION INTEGRAL SOBRE LA SALUD PARA ESTUDIANTES DEL KINDER HASTA EL NOVENO GRADO
Se enseñara un Programa de Educación Integral Sobre la Salud a todos los estudiantes del Kinder hasta el Noveno grado. –El Programa Integral Sobre la Salud incluye el contenido sobre la salud mental y emocional, la prevención del abuso de las drogas y el alcohol, la nutrición, salud dental, salud ambiental, bienestar familiar y la sexualidad humana, salud del consumidor, control de enfermedades, desarrollo y crecimiento, primeros auxilios y cuidados de emergencia y cualquier materia relevante.
Además, los estudiantes en los grados siete a nueve recibirán educación sobre la reproducción y educación sobre la protección de acuerdo a la ley “Jóvenes Sanos del 2009” (Sesión de Ley 2009-213, Proyecto de Ley 88). Como lo es requerido por esta ley, este programa incluye las siguientes instrucciones:
Los materiales que serán utilizados para esta instrucción serán apropiados dependiendo de las edades de los estudiantes. Se proveerá una copia de todos los objetivos del programa y materiales de instrucción sobre la abstinencia, prevención de embarazos fuera del matrimonio, programas de enfermedades de transmisión sexual (STD) y cualquier material adoptado por el Consejo de Educación, para su revisión en la oficina de la escuela o en el lugar donde se enseñara. Antes que los estudiantes puedan participar en cualquiera de estos programas, la escuela debe notificar a los padres sobre la oportunidad de repasar estos materiales y sobre sus derechos de negar su consentimiento. Cualquier padre que decide negar el consentimiento debe hacerlo por escrito al director(a) de la escuela.
El distrito escolar y cada escuela deben evaluar el programa de manera continua y hacer mejoras en la efectividad de este. El proceso debe incluir el aporte de la comunidad escolar que puede incluir los maestros, orientadores académicos/consejeros, administradores escolares, profesionales de salud clínica, padres, estudiantes y profesionales de salud pública. Una escuela o distrito escolar puede recomendar que el Consejo de Educación expanda las áreas de contenido u objetivos de instrucción del programa de educación sobre la salud para los alumnos del kindergarten al noveno grado. Si la expansión constituiría un programa integral de educación sexual, el Consejo de Educación hará una audiencia publica, como esta establecido por la ley 115C-81(e1)(6), antes de adoptar el programa. El programa no es un programa de educación integral sexual si esta relacionado razonablemente con los objetivos de las Normas Para una Vida Sana.
NORMAS PARA LA INSTRUCCIÓN
Los programas educacionales sobre la salud deben ser enseñadas por personas que han recibido suficiente entrenamiento para enseñar estos programas con efectividad. Se deben proveer oportunidades, como sean necesarios, para asegurar suficiente entrenamiento.
Los instructores de los programas de abstinencia y de enfermedades de transmisión sexual (STD), como para cualquier programa integral de educación sexual aprobado por el Consejo de Educación deben seguir los objetivos del programa y solamente usar materiales que están a la disposición de los padres para su revisión de acuerdo a esta póliza. Esto no intenta limitar el juicio profesional del instructor en determinar las técnicas apropiadas para ciertos grupos de estudiantes, dado sus edades y madurez. Por lo tanto, la determinación de lo que será una educación apropiada para cualquier estudiante será identificado con excepciones de acuerdo al plan individual de educación seguido por los procedimientos proveídos por los Procedimientos que Gobiernan los Programas de Carolina del Norte y los Servicios para Niños Con Necesidades Especiales.
Referencias Legales: G.S. 115C-36, art. 9, -81(e1)(1); 143 art. 33; Procedimientos que Gobiernan los Programas de Carolina del Norte y los Servicios Especiales para Niños Con Necesidades Especiales, Numero de Póliza del Consejo Estatal 10A100.
Remisiones:
Reconocido: Enero 9, 2006
Revisado: Abril 27, 2010, 11 de Febrero del 2013