Wilkes County Schools

Skip to main content
Mobile Menu
District
Public Notice
Spanish Student Policies for Handbook » LA PÓLIZA PIERDA CONTROL, PIERDA SU LICENCIA DE MANEJAR

LA PÓLIZA PIERDA CONTROL, PIERDA SU LICENCIA DE MANEJAR

El sistema escolar del condado de Wilkes apoya la siguiente legislación y cumplirá con todos sus componentes al adoptarla como una póliza de acuerdo a Legislación de "Pierda Control, Pierda su Licencia":

 
A partir del 1 de julio, 2000, la legislación de "Pierda Control, Pierda su Licencia" ordena la pérdida de los privilegios de manejo de los alumnos menores de 18 años quienes han recibido una suspensión de la escuela de once o más días y/o quienes tienen que asistir al programa de aprendizaje alternativo como resulto de una acción disciplinaria.
 
Esta legislación se refiere a todos los alumnos que tienen entre 14 a 18 años, o quienes empezaron el grado octavo en o después del 1 de julio del 2000.
 
Las Escuelas del Condado de Wilkes notificará la División de Automotores del Estado de la Carolina del Norte (NC Division of Motor Vehicles) para efectuar la suspensión del permiso limitado o la licencia de manejar de un alumno por un período de un año y no emitirá un Certificado de Capacidad para Conducir (DEC) a ningún alumno que reciba una expulsión/suspensión o a quien tenga que asistir al programa del aprendizaje alternativo más de 10 días consecutivas por una de las razones siguientes:
  1. La posesión o venta de una bebida alcohólica o una substancia controlada ilegal en la propiedad de la escuela.
  1. La posesión o el uso de una arma o una arma de fuego en la propiedad de la escuela y que resultó en la acción disciplinaria según de la ley G.S. 115C-391 (d1) o que habría resultado en esa acción disciplinaria si la conducta hubiese ocurrido en una escuela pública.
  1. El asalto físico a un maestro u otro miembro del personal de la escuela en la propiedad de la escuela.
Respecto a esta ley, la propiedad de la escuela incluye los predios físicos de una escuela, los autobuses escolares u otros vehículos bajo del control escuela que sean usados para transportar a los alumnos a actividades arregladas por la escuela o las reladas a la escuela que ocurre en o fuera de los predios físicos de la escuela.
 
Una Forma de Estatus será completado y archivado en el registro oficial del alumno si es reportado a la División de Automotores. Esta forma debe seguir cualquier matrícula futuras en otras escuelas públicas o el colegio comunitario.
 
Los priviligios de manejo serán restaurados al emitir un Certificado de Capacidad para Conducir (DEC) al alumno bajo de una de estas condiciones:
  1. La conducta del alumno enumerado ocurrió antes que el alumno cumpliera los 15 años y el alumno ya tiene 16 años o más.
  1. La conducta del alumno enumerado ocurrió después que cumpliera 15 años y un año o más ha pasado desde la fecha de la pérdida de los priviligios.
  1. Un alumno con una licencia de la nivel 2 o 3 y que no tenga ningún otro modo de transporte a la escuela o a un programa de rehabilitación de drogas or alcohol. Los alumnos con aceso a un autobus escolar, el transporte colectivo, o quienes tengan un padre o pariente quien puede manejar no pueden recibir el DEC. Esta determinación será hecha por el Hardship Review Committee-un comité de audiencias que ha sido establecido bajo de la poliza de la prevención del abandono a los estudios y la legislación de licencias de manejar y si es aprobado, el sistema escolar del condado de Wilkes explicará a los padres la extensión de este privilegio de manejo con el Formulario de Concordancia (Agreement Form).
Los priviligios de manejo pueden ser restaurados dentro de un período de seis meses si el alumno se porta excepcionalmente. El Comité de Revisión de Dificultades puede determinar si un DEC puede ser emitido según las siguientes condiciones:
  1. Si la suspensión no es resulto de alguna infracción de la póliza de drogas—el alumno ha vuelto a la escuela o ha sido asignado al programa del aprendizaje alternativo y se ha comportado excepcionalmente.
  1. Si la suspensión es resultado de una violación de la poliza de drogas—el alumno ha vuelto a la escuela o ha sido asignado al programa del aprendizaje alternativo, ha completado con éxito un programa de rehabilitación de drogas o alcohol y se ha comportado excepcionalmente.
Cuando un alumno se comporta excepcionalmente, significa que el alumno no tiene más incidentes de mala conducta que hayan resultado en la expulsión, la suspensión o una asignación al programa del aprendizaje alternativo. Los alumnos quienes violan las pólizas de la escuela y tienen como resultado una acción disciplinaria oficial (como documentado en una forma PP8), estos no califican en la categoría de condición de comportamiento excepcional.
 

El supervisor de la educación de manejo del sistema escolar notificará a la División de Automotores de todos los alumnos quienes no logran los criterios de esta legislación. Cuando la División de Automotores recibe esta notificación del sistema escolar del condado de Wilkes una carta de revocación será enviada automáticamente al alumno.

 
 
 
 

CONSEJO EDUCATIVO DEL SISTEMA ESCOLAR DEL CONDADO DE WILKES

ADOPTADO:  el 24 de julio, 2000