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Spanish Student Policies for Handbook » DROGAS Y ALCOHOLICAS POLIZA:4325 (Drugs and Alcohol)

DROGAS Y ALCOHOLICAS POLIZA:4325 (Drugs and Alcohol)

Las drogas ilegales y el alcohol son un peligro para la seguridad y la orden de nuestras escuelas y no serán toleradas.    El superintendente es el responsable de asegurar que esta póliza se aplique de manera consistente dentro del sistema escolar.

 

A. COMPORTAMIENTO PROHIBIDO

 

Ningún alumno poseerá, usará, transmitirá o estará bajo la influencia de las siguientes substancias:

  1. droga narcótica;
  1. droga alucinógena;
  1. anfetamina;
  1. barbitúrico;
  1. marihuana o cualquier otra sustancia controlada;
  1. estimulante sintético tal como el MDPV y mephedrone (sales de baño) y/o derivados de cannabinoid sintéticos (“Spice” o K2);
  1. cualquier bebida alcohólica, bebida de malta, o vino fortificado u otro licor alcohólico;
  1. ingerir cualquier químico o producto con la intención de producir un estado de euforia o de otra manera alterar el humor o comportamiento del alumno;

 

Es prohibido que los estudiantes posean, utilicen, transmitan o vendan drogas o drogas falsas.  Los estudiantes no deben participar en la venta o transmisión de sustancias prohibidas, aunque no ocurra la venta o transmisión en la escuela.  

 

La posesión o el uso de medicamento recetado o medicamento sin receta no está en violación a la póliza si esta está de acuerdo a la póliza 6125, El Administro de Medicamentos Durante el Horario de Clases. El director puede autorizar el uso de algunas substancias prohibidas por esta póliza si es para el uso de un proyecto escolar aprobado.

 

CONSECUENCIAS

 

Como lo es requerido en la póliza 4335, Conducta Criminal, el director debe reportar a la agencia policial a cualquier estudiante que ha poseído o posee una substancia prohibida y que está en violación a esta póliza. 

 

Las consecuencias por violar esta póliza escolar deben ser consistentes a la Sección D de la póliza 4300, Pólizas Sobre el Comportamiento Estudiantil.  El superintendente o su designado harán una lista de consecuencias en el código de conducta estudiantil para aquellos que no siguen los reglamentos. 

 

Referencias Legales:  G.S. 18B-301; ch. 90, art. 5; 115C-47, -288, -307, -390, -391 

 

Referencias de Remisión: Póliza Sobre el Comportamiento de los Estudiantes (póliza 4300),  Comportamiento Criminal (póliza 4335), Administrando Medicamentos a los Estudiantes (póliza 6125)

 

Adoptado: Junio 16, 2014